¿Qué es el régimen fiscal 612?
23.11.2025
Contenido
- Actividades económicas permitidas
- Obligaciones fiscales principales
- Comparativa régimen 612, 605 y 626
- Ventajas del régimen 612
- Desventajas y retos del régimen
- Requisitos para facturar en el régimen 612
- Gastos que puedes deducir
- Proceso de inscripción y cambio
- Códigos CFDI para régimen 612
- Errores comunes y multas
- Preguntas frecuentes sobre el régimen
El régimen fiscal 612 no es otra cosa que la puerta de entrada formal al mundo de los negocios para quienes decidieron trabajar por su cuenta en México. Si ya te cansaste de tener patrón o simplemente quieres arrancar ese proyecto personal y hacerlo crecer sin frenos, esta es la clave que te asigna el SAT. Básicamente, es la clasificación oficial para las personas físicas con actividades empresariales y profesionales independientes. Aquí entran desde el diseñador freelance y el consultor de negocios, hasta quien pone una cafetería, un taller mecánico o una tienda en línea. Lo interesante de este esquema es que reconoce tu independencia: tú generas tu propia lana, tú buscas a tus clientes y tú respondes por tu operación.
A diferencia de otros esquemas más rígidos, el régimen 612 brilla porque no tiene límite de ingresos anuales. Puedes facturar un peso o cien millones, y el SAT no te va a pedir que cambies de modalidad, lo que lo hace ideal para quienes tienen la mira puesta en una expansión agresiva. Además, te da la libertad de operar múltiples giros a la vez; puedes ser arquitecto de día y vender productos artesanales de noche bajo el mismo RFC sin necesidad de ir con un notario a crear una empresa, conocida fiscalmente como persona moral.
Para estar en regla, todo gira en torno a tu registro de actividades y la correcta emisión de facturas. Es vital entender que, bajo el CFDI 4.0, debes identificar tu actividad económica con precisión. Si eres freelancer, comerciante o das servicios profesionales, este es tu lugar. Olvídate de las complicaciones de una sociedad anónima al principio; aquí el trámite es directo, personal y pensado para que el emprendedor mexicano arranque motores sin tanta burocracia inicial.
Actividades económicas permitidas

La versatilidad es el punto fuerte de este régimen. El SAT México diseñó el 612 para abarcar un espectro gigante de ocupaciones, prácticamente cualquier cosa legal que genere dinero por cuenta propia cabe aquí. No importa si vendes bienes tangibles o tu intelecto, la estructura lo soporta.
Esto incluye los ejercicios profesionales liberales, donde se necesita un título, como médicos o abogados, pero también actividades comerciales puras y servicios técnicos especializados. Lo mejor es que no tienes que casarte con una sola cosa; el sistema te permite dar de alta hasta cinco actividades distintas siempre que sean compatibles.
| Actividad | Descripción breve | Ejemplos concretos |
|---|---|---|
| Servicios Profesionales | Requieren título académico y cédula profesional para ejercer. | Médicos, dentistas, abogados, arquitectos, contadores, ingenieros civiles. |
| Actividades Comerciales | Compra-venta de bienes o mercancías sin transformación industrial mayor. | Tiendas de abarrotes, papelerías, venta de ropa en línea, refaccionarias. |
| Prestación de Servicios | Oficios y trabajos que no requieren título forzoso pero sí habilidad técnica. | Plomeros, electricistas, diseñadores gráficos, fotógrafos, desarrolladores web. |
| Actividades Industriales | Transformación de materias primas en productos terminados. | Carpinterías, tortillerías, panaderías artesanales, herrerías. |
| Transporte | Movilización de personas o carga por cuenta propia (no plataformas digitales exclusivas). | Fletes privados, mudanzas locales, transporte escolar particular. |
| Sector Primario y Otros | Explotación básica de recursos o actividades mixtas. | Pequeños agricultores, ganaderos, pesca comercial a baja escala. |
Si te dedicas al comercio minorista o a la producción de bienes, el 612 te permite facturar cada venta. Incluso si eres chofer, pero no dependes exclusivamente de las apps (que tienen su propio esquema), podrías operar aquí para servicios privados de transporte. La clave es que no hay subordinación; tú mandas.
Obligaciones fiscales principales
Entrar al régimen 612 implica disciplina, pero no es nada del otro mundo si te organizas. La regla de oro es la transparencia: cada peso que entra debe tener su comprobante. La obligación número uno es emitir CFDI 4.0 por cada operación que realices. Ya sea que vendas un servicio de consultoría o un lote de zapatos, la factura electrónica es innegociable y debe cumplir con todos los requisitos del SAT, incluyendo el código postal correcto del cliente.
Mensualmente tienes una cita con el fisco. Debes presentar tus declaraciones provisionales de ISR y definitivas de IVA a más tardar el día 17 del mes siguiente. Aquí es donde informas cuánto ganaste y cuánto gastaste. No se vale saltarse meses; el sistema detecta los huecos y ahí empiezan las multas. Además, si tienes trabajadores, debes cumplir con el timbrado de nómina y las retenciones correspondientes.
- Declaración Anual: Es tu cierre de año fiscal. Se presenta en abril del año siguiente y aquí se ajustan cuentas: si pagaste impuestos de más, puedes pedir devolución; si falta, pagas la diferencia.
- Contabilidad: Si tus ingresos rebasan los 2 millones de pesos, estás obligado a llevar contabilidad electrónica y enviarla mes a mes. Si ganas menos, basta con el registro en Mis Cuentas.
- Retenciones: Ojo aquí. Si prestas servicios profesionales a una empresa (persona moral), ellos te deben retener el 10% de ISR y las dos terceras partes del IVA. Tú debes asegurarte de que lo hagan y te den la constancia en el CFDI, porque ese dinero cuenta como impuesto ya pagado por ti.
Finalmente, la conservación de comprobantes es vital. Aunque todo es digital, la ley te exige tener acceso a tus archivos XML y PDF por al menos 5 años. Las fechas límite fiscales son sagradas; márcalas en el calendario porque los recargos y actualizaciones por pago tardío son un gasto hormiga que se come tus ganancias innecesariamente.
Comparativa régimen 612, 605 y 626
Elegir el régimen correcto es como escoger el motor para tu coche: determina qué tan rápido puedes ir y cuánta gasolina vas a gastar. Muchos se confunden entre quedarse como asalariados, saltar al nuevo RESICO o irse por el tradicional 612. Aquí te lo ponemos claro para que veas dónde te conviene más estar según tu proyección de lana.
El régimen 605 es el clásico Sueldos y Salarios, donde el patrón hace casi todo por ti, pero no puedes deducir casi nada. El RESICO (626) está de moda porque pagas muy poco impuesto (1% al 2.5%), pero tiene un tope de ingresos y casi no permite deducciones. El 612 es para los que van en serio: pagas más ISR, sí, pero puedes deducir muchísimos gastos operativos, lo que a veces resulta en una utilidad fiscal menor y, por ende, impuestos justos para el tamaño de tu operación.
| Característica | Régimen 612 (Actividad Empresarial) | Régimen 605 (Sueldos y Salarios) | Régimen 626 (RESICO) |
|---|---|---|---|
| Tipo de Ingresos | Empresariales y profesionales sin patrón. | Pagos por trabajo subordinado (nómina). | Empresariales, profesionales y arrendamiento. |
| Límite de Ingresos | Sin límite (puedes facturar millones). | Sin límite, pero depende del contrato. | Tope de $3.5 millones de pesos anuales. |
| Deducciones | Muy amplias: gastos operativos, insumos, nómina, etc. (Deducciones autorizadas). | Mínimas: solo gastos personales anuales (médicos, colegiaturas). | Casi nulas (el cálculo es sobre ingreso bruto). |
| Retención ISR (Personas Morales) | 10% por servicios profesionales. | Variable según tablas (progresiva). | 1.25% fijo. |
| Carga Administrativa | Alta: declaraciones mensuales, anual, DIOT (a veces), contabilidad. | Nula: la hace el patrón (salvo anual en ciertos casos). | Baja/Media: declaraciones mensuales simplificadas. |
| Ventaja Principal | Flexibilidad total y capacidad de deducir inversiones fuertes. | Seguridad social incluida y prestaciones (aguinaldo). | Tasa de impuesto extremadamente baja. |
Si planeas ganar más de 3.5 millones o tienes muchos gastos operativos (renta de local, mucha mercancía, nómina pesada), el RESICO te va a expulsar o no te servirá de nada no poder deducir. Ahí es donde el 612 se vuelve el rey: deduces todo lo necesario para operar y pagas impuesto solo sobre la ganancia real, no sobre todo lo que entra.
Ventajas del régimen 612
¿Por qué alguien elegiría el camino difícil del 612? Porque es el único que te permite jugar en las ligas mayores sin techos de cristal. La principal ventaja es, sin duda, que no existe límite de crecimiento. Mientras que en otros esquemas el SAT te pone freno de mano al llegar a ciertos montos, aquí el cielo es el límite. Puedes empezar facturando miles y terminar el año facturando millones sin tener que cambiar tu estructura fiscal ni constituir una empresa ante notario.
Otra joya es la capacidad de deducción. Es el régimen más noble para bajar la base gravable. Si compras una computadora de $40,000 pesos, la deduces. Si pagas $15,000 de renta de oficina, se deduce. Incluso puedes acreditar el IVA de tus gastos contra el IVA que cobras, lo que ayuda mucho al flujo de efectivo. Además, es totalmente compatible con créditos bancarios; los bancos ven con muy buenos ojos a las personas físicas con actividad empresarial porque demuestran flujo constante y solvencia real.
- Puedes contratar personal libremente (tienes derecho a tener empleados, afiliarlos al IMSS y deducir su nómina).
- Es ideal para negocios escalables como e-commerce, donde la reinversión es constante y necesitas deducir el costo de la mercancía vendida (costo de ventas).
- Acceso a devoluciones de IVA si tus gastos superan tus ingresos en periodos de inversión fuerte.
Desventajas y retos del régimen
Hablemos claro: la libertad tiene un precio. El régimen 612 no es para quien busca comodidad absoluta o desentenderse de los papeles. El reto número uno es la carga administrativa alta. Aquí no puedes olvidarte del SAT un mes; tienes que estar al pie del cañón con las declaraciones mensuales de IVA e ISR. Si no eres ordenado, esto se vuelve una bola de nieve de multas y recargos.
Además, prepárate para invertir en servicios profesionales. A diferencia de un asalariado, aquí la contratación de contador es prácticamente obligatoria. Si tus ingresos superan los 2 millones de pesos o tienes una operación compleja, llevar la contabilidad tú solo es un riesgo de error altísimo. Un buen contador te cobrará entre $1,500 y $3,000 pesos al mes, un costo fijo que debes considerar en tu presupuesto.
- Responsabilidad ilimitada: Al no ser una empresa (S.A. de C.V.), tú respondes con tu patrimonio personal por las deudas del negocio.
- Sin estímulos RESICO: Te pierdes las tasas bajísimas del 1% o 2% de ISR; aquí pagas según la tarifa progresiva que puede llegar hasta el 35%.
- Auditorías más probables: Al tener tantas deducciones, el SAT vigila con lupa que no estés metiendo gastos personales como si fueran del negocio. Cualquier inconsistencia entre lo que entra al banco y lo que facturas dispara alarmas.
Requisitos para facturar en el régimen 612
Facturar ya no es opcional, es la sangre de tu negocio. Para que tus facturas sean válidas y tus clientes te puedan pagar sin peros, necesitas dominar el proceso del CFDI 4.0. El primer paso, y el más obvio, es asegurarte de que tu RFC esté activo y correctamente dado de alta en el régimen 612 dentro de tu Constancia de Situación Fiscal. Sin eso, el sistema simplemente no te dejará timbrar.
Cuando vayas a emitir la factura, la precisión es dinero. Necesitas pedirle a tu cliente sus datos fiscales exactos: RFC, Nombre o Razón Social (sin el régimen de capital, es decir, solo el nombre), su Régimen Fiscal y, muy importante desde 2023, su Código Postal. Si el código postal no coincide con el que tiene el SAT en su base de datos, la factura no pasa.
- Validar datos: Pide siempre la Constancia de Situación Fiscal actualizada de tu cliente para evitar errores de dedo.
- Uso del CFDI: Pregunta para qué usarán la factura. Lo más común es G03 Gastos en general, pero debe ser exacto.
- Método y Forma de Pago: Si te pagan al momento, usa PUE (Pago en Una sola Exhibición); si es a crédito, usa PPD. Esto afecta cuándo pagas el IVA.
- Desglose: Asegúrate de que el IVA esté desglosado al 16% (o tasa fronteriza/0% según aplique) y, si le facturas a una empresa, incluye las retenciones de ISR e IVA.
- Envío: Genera el XML y el PDF. El XML es el archivo que legalmente importa, el PDF es solo la representación visual. Envía ambos y guarda tu respaldo.
Gastos que puedes deducir
Aquí está el secreto para pagar lo justo y no regalarle dinero al SAT. El régimen 612 permite deducir los gastos que son estrictamente indispensables para tu actividad. Esto significa que si necesitas algo para generar ingresos, probablemente sea deducible. Aprovechar esto al máximo es lo que diferencia a un empresario novato de uno astuto.
Las deducciones se dividen en dos: las estructurales (del negocio) y las personales (anuales). Para el negocio, puedes deducir el 100% de la mercancía, materias primas, y sueldos. También entran los gastos operativos como la renta del local, la luz, el internet y la telefonía celular, siempre que las facturas estén a tu nombre.
- Equipo de cómputo y oficina: Laptops, impresoras, escritorios. Son activos fijos que se deducen vía depreciación o al 100% si son montos menores (según estrategia).
- Marketing y Publicidad: Todo lo que gastes en anuncios de Facebook, Google Ads o volantes es 100% deducible.
- Automóvil: Gasolina (pagada con tarjeta/cheque), mantenimiento y seguros. La compra del auto tiene un tope de deducción ($175,000 pesos en autos de combustión), pero los gastos de uso no tienen ese tope.
- Viáticos: Si viajas por trabajo, el hospedaje y transporte son deducibles (con límites de $50,000 anuales si no hay comprobante de transporte, pero con factura todo fluye).
- Gastos Personales (Deducciones Personales): Estos van en la anual. Incluyen honorarios médicos, dentales, psicólogo, nutriólogo ($15,000 topados o 15% del total), colegiaturas (con sus propios topes por nivel escolar) y aportaciones a tu AFORE.
Recuerda: Sin factura no hay deducción. No sirve el ticket de la tienda de la esquina; necesitas el CFDI con tu RFC.
Proceso de inscripción y cambio
Darse de alta o cambiarse al régimen 612 es más sencillo de lo que parece y ya no necesitas hacer filas eternas en las oficinas del SAT si tienes tu firma electrónica (e.firma). Todo se hace a través del portal en la sección de Trámites del RFC. Lo que buscas es la opción de Actualización de actividades económicas y obligaciones.
El proceso es intuitivo: entras con tu RFC y contraseña o e.firma, llenas un cuestionario donde indicas a qué te vas a dedicar y el sistema te sugiere el régimen. Ahí seleccionas Actividades Empresariales y Profesionales. Te pedirá confirmar el porcentaje de tus ingresos que vendrá de esta actividad (si es tu única chamba, pones 100%).
Una vez finalizado el cuestionario, el sistema genera un acuse de movimientos. Este documento es oro; guárdalo bien porque es la prueba oficial de que ya tributas en el 612. Si vienes de Sueldos y Salarios (605), no necesitas renunciar a ese régimen; pueden convivir. Pero si vienes de RESICO (626), ten cuidado: el cambio suele ser irreversible por un tiempo y pierdes las tasas preferenciales, así que hazlo solo si ya superaste el tope de ingresos o necesitas más deducciones. El trámite es totalmente gratuito y la respuesta suele ser inmediata o tardar máximo 24-48 horas en reflejarse en tu Constancia.
Códigos CFDI para régimen 612
Usar el código incorrecto en una factura es como ponerle diésel a un coche de gasolina: no va a funcionar y te va a salir caro. El SAT tiene un catálogo específico de Uso de CFDI que debes seleccionar al pedir una factura para tus gastos (para deducir) o al emitirla (aunque aquí depende más de tu cliente).
Para ti, como contribuyente del 612 que quiere deducir gastos, estos son los códigos sagrados que debes conocer. Si compras algo y le ponen S01 Sin efectos fiscales, esa factura es basura para tu contabilidad.
| Código CFDI | Descripción | Ejemplo de uso real |
|---|---|---|
| G01 | Adquisición de mercancías | Compras inventario para revender (zapatos, ropa, refacciones). |
| G03 | Gastos en general | Pagas la luz, internet, papelería, servicios de limpieza o contabilidad. |
| I04 | Equipo de cómputo y accesorios | Compras una laptop, un monitor o un disco duro externo para trabajar. |
| I03 | Equipo de transporte | Adquieres una camioneta para el reparto de tus productos. |
| I06 | Comunicaciones telefónicas | (Menos común ahora, suele ir en G03) pero aplica para conmutadores o equipos de radio. |
| D01 | Honorarios médicos, dentales y hospitalarios | Consultas personales que meterás en tu declaración anual. |
Recuerda: El código debe coincidir con la naturaleza real del gasto. Si compras una mesa y pones G01 Adquisición de mercancías, el SAT podría cuestionar por qué estás comprando muebles como mercancía si no te dedicas a vender muebles. La coherencia es clave para evitar rechazos en las deducciones.
Errores comunes y multas

Nadie es perfecto, pero en temas fiscales, los errores cuestan dinero contante y sonante. Uno de los fallos más clásicos en el régimen 612 es creer que los ingresos pequeños no se declaran. Si te depositan en tu cuenta bancaria y no lo facturas (ni siquiera como venta al público general), el SAT lo detecta como discrepancia fiscal. Los algoritmos cruzan tus depósitos bancarios contra tus facturas emitidas; si hay más dinero en el banco que en las facturas, prepárate para una carta invitación o una auditoría.
Otro error de novato es el Código Postal del receptor. Desde la versión 4.0 del CFDI, si pones el CP equivocado, la factura no se timbra. Pero si logras timbrarla con datos falsos o genéricos cuando tenías los datos reales, la multa puede ir de $1,500 a $9,000 pesos por comprobante.
- Omitir retenciones: Si pagas a proveedores extranjeros o servicios específicos y no haces la retención de impuestos obligatoria, te vuelves responsable solidario. Es decir, tú pagas el impuesto que no le retuviste al otro.
- No presentar declaraciones en ceros: Si un mes no tuviste ingresos, ¡avisa! Tienes que presentar la declaración en ceros. Si simplemente no la presentas, te multan por omisión (aprox. $1,400 a $17,000 pesos por obligación no declarada).
- Confusión con RESICO: Muchos se dan de alta en 612 pensando que es RESICO y terminan pagando 30% de ISR en lugar de 1%. Revisa bien tu constancia.
Preguntas frecuentes sobre el régimen

¿Puedo tener empleados en el régimen 612? ¡Claro que sí! No hay límite legal estricto, pero se maneja comúnmente que puedes tener hasta 10 o más sin problema, siempre que cumplas con sus cuotas del IMSS y retenciones de ISR por salarios. Si tu plantilla crece muchísimo, igual seguirás en este régimen sin broncas.
¿Necesito contador a fuerza? La ley no dice contrata un contador, pero dice que debes llevar contabilidad conforme al Código Fiscal. Si tus ingresos superan los $2,000,000 de pesos al año, la contabilidad electrónica es obligatoria. La neta, a menos que seas experto fiscal, intentar hacerlo solo es arriesgarte a multas que salen más caras que los honorarios del contador.
¿Pierdo mi aguinaldo si me cambio a este régimen? El régimen 612 no paga aguinaldo porque no eres empleado, eres tu propio jefe. Tú generas tus propias utilidades. Si eras asalariado y te cambiaste a esto al 100%, olvídate de las prestaciones de ley; ahora tú eres responsable de tu ahorro y tus vacaciones.
¿Me sirve para Uber o DiDi? No exactamente. Para plataformas digitales existe el Régimen de Actividades Empresariales con ingresos a través de Plataformas Tecnológicas (Sección III). El 612 (Sección I) es para actividades fuera de las apps. Si mezclas ambas (eres Uber y aparte tienes una tienda física), tendrás que tributar en ambos esquemas (esquema mixto).
¿Puedo facturar a clientes en el extranjero? Sí, y es una gran ventaja. Puedes emitir facturas al extranjero usando el RFC genérico para extranjeros (XEXX010101000). Si es exportación de servicios (como programadores o diseñadores remotos), aplica la tasa del 0% de IVA, lo que te hace muy competitivo.
¿Cómo suspendo actividades si el negocio no jaló? No desaparezcas. Entra al portal del SAT y presenta el aviso de Suspensión de actividades. Así le dices al SAT que pones pausa y dejas de tener obligaciones de declarar mes a mes. Si no lo haces, las multas se seguirán acumulando aunque no ganes ni un peso.
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